La Junta Electoral bonaerense rechazó la reimpresión de las boletas de La Libertad Avanza en la Provincia


La Junta Electoral Nacional Distrito Buenos Aires rechazó el pedido de La Libertad Avanza de reimprimir 14 millones de boletas. La medida se adoptó después de la audiencia con las 15 fuerzas políticas que intervendrán en el comicio. El gobierno tiene dos días para apelar las medidas mientras también, se resuelve la discusión sobre si Diego Santilli encabezará o no la boleta.

Este miércoles la Junta que integran el juez Ramos Padilla, la presidenta de la Corte provincial, Hilda Kogan, y el presidente de la Cámara Federal, Jorge Di Lorenzo, convocó a una audiencia con las fuerzas políticas que participan de las elecciones y por ende, comparten la Boleta única.

En ese encuentro estuvo el ministro del Interior, Lisandro Catalán, quien brindó detalles sobre los costos y la operatividad que requiere volver a imprimir y distribuir las boletas para el padrón en provincia de Buenos Aires, que ronda las 14 millones de personas.

A lo largo de la audiencia, diferentes espacios formularon ante la justicia electoral sus impugnaciones a cualquier posibilidad de volver a imprimir las boletas únicas.

Catalán sostuvo que el costo de la eventual reimpresión de la totalidad de las boletas en la Provincia costaría 12.169.655.000 pesos.

Ante ese escenario, la Junta Electoral rechazó el cronograma sugerido por el Gobierno para reimprimir y garantizar la entrega de las boletas en 40 mil puestos habilitados para votar.

“Conforme a esos principios, la actuación de esta Junta debe asegurar, por un lado, la realización efectiva del acto electoral —objetivo institucional primario—, y, por otro, la igualdad de condiciones entre las agrupaciones políticas que participan en la contienda”, sostiene el documento al que accedió Clarín.

En esa misma línea de razonamiento, la Junta sostuvo: “en consecuencia, corresponde reafirmar que toda decisión de esta Junta debe orientarse a preservar la estabilidad del calendario electoral, la inmutabilidad de la oferta electoral ya oficializada y la realización del comicio en tiempo y forma, garantizando así el pleno ejercicio del derecho al sufragio en condiciones de igualdad, transparencia y certeza”.

Los jueces Ramos Padilla, Di Lorenzo y Kogan consideraron que más allá de la “imposibilidad material y temporal demostrada en los considerandos precedentes, el pedido formulado por la alianza “La Libertad Avanza” resulta también jurídicamente improcedente, en tanto contradice el régimen de plazos, etapas y competencias establecido por el Código Electoral Nacional, las acordadas de la Cámara Nacional Electoral y la doctrina reiterada de ese Tribunal en materia de orden público electoral”.

Al respecto, explicaron que el Código Electoral Nacional regula un proceso secuencial en la oficialización de candidaturas y aprobación de boletas, integrado por etapas que se suceden de manera ordenada y que, una vez cumplidas, no pueden retrotraerse sin afectar la validez y estabilidad del proceso electoral”.

Después se analizaron los plazos electorales que contempla el Código que rige los comicios, que explicitan que los mismos son “perentorios y de orden público, y su cumplimiento no puede quedar librado a la voluntad de las partes ni de las autoridades administrativas.”

Así, el principio de preclusión tiene por finalidad “preservar la igualdad de oportunidades entre las fuerzas políticas, evitar dilaciones indebidas y garantizar la certeza y estabilidad de la oferta electoral presentada ante la ciudadanía”.

Por eso se argumentó el rechazo a la reimpresión de la boleta única, bajo el respeto a las etapas de aprobación del modelo de boleta, prueba de impresión y orden de tirada que se encuentran jurídicamente clausuradas, y “no existe en el régimen electoral norma alguna que habilite su reapertura ante la renuncia de uno o más candidatos, una vez oficializadas las listas y aprobadas las boletas definitivas”, dijo la Junta Electoral.

Por otro lado, concluyeron los magistrados, la renuncia de un candidato -como es el caso de José Luis Espert-, “no constituye un supuesto de fuerza mayor ni de imposibilidad jurídica sobreviniente que autorice a alterar un acto jurisdiccional firme. Admitir lo contrario supondría subordinar la seguridad del proceso electoral a contingencias políticas internas de las agrupaciones, en desmedro del principio de estabilidad de la oferta electoral y de la igualdad ante la ley”.

Alteración del calendario electoral

La eventual aceptación de la solicitud planteada por LLA crearía un precedente de “enorme gravedad institucional, en tanto abriría la posibilidad de que cualquier renuncia, sustitución o fallecimiento posterior a la impresión de las boletas diera lugar a reclamos similares, comprometiendo en forma permanente la estabilidad del proceso electoral”.

Admitir la posibilidad de reimpresiones sucesivas -determinó la Junta Electoral-, “transformaría el calendario electoral en un esquema incierto y dependiente de hechos fortuitos o decisiones partidarias, con perjuicio directo para la organización del comicio, la seguridad jurídica y el principio de igualdad entre las agrupaciones políticas”.

Por todo ello, la Junta concluyó que el requerimiento del Gobierno, “debe ser rechazada, no sólo por su imposibilidad material, temporal y jurídica, sino también por sus consecuencias económicas, institucionales y operativas, y por el riesgo de generar un precedente contrario a la estabilidad y previsibilidad del sistema electoral”.

Impacto económico

Si bien el Ministerio del Interior señaló que cuenta con fondos para afrontar la reimpresión de 14 millones de boletas únicas bajo un costo de más de 12.100 millones de pesos, la Junta Electoral entendió que habilitar el pedido de La Libertad Avanza, sería “avalar una reasignación de créditos presupuestarios y suscribir una adenda al convenio vigente con el Correo Oficial de la República Argentina”.

Esta erogación, de concretarse, según informó el Ministro, representaría “casi la totalidad de los recursos con los que cuenta actualmente el Ministerio del Interior para afrontar los gastos electorales”.

De modo tal, comprende la Junta, “le resultaría imposible abordar otro gasto similar con esa partida, por lo que, de replicarse la situación con otra agrupación debería solicitarle al Ministerio de Economía una partida especial para ello”.

Fuente: www.clarin.com

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